Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1985-12-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES LEGALES,

DECRETA:

Artículo primero. Apruébase el acuerdo número 28 de diciembre 10 de 1985 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

"Acuerdo Número 28 de 1985

( diciembre 10)

el Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Artículo primero. Autorízase a la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para éste, suscriba y pague acciones del Banco Cafetero por la suma de cuatro mil millones de pesos ($4.000.000.000.00) moneda corriente. Las acciones respectivas se expedirán a nombre de "Federación Nacional de Cafeteros, Fondo Nacional del Café".

Artículo segundo. Facúltase al gerente general de la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia para determinar la oportunidad de la suscripción y el pago de las acciones de que trata este acuerdo, de conformidad con las disponibilidades del Fondo Nacional del Café.

Artículo tercero. Sométase el presente acuerdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D.E., a los diez (10) días del mesde diciembre de mil novecientos ochenta y cinco (1985).

El Presidente, ( Fdo.)

Morris Pinedo Alzamora

El Secretario, ( Fdo.)

Jorge Arango Mejía

Artículo segundo.Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a 27 de diciembre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hugo Palacios Mejia

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