por el cual se designa Ministro de Defensa Nacional ad hoc

Rango Decreto
Publicación 2009-10-06
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1, del artículo 189 de la Constitución Política y la Ley 63 de 1923, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros en sesión del 7 de septiembre de 2009, con fundamento en el principio de verdad sabida y buena fe guardada consagrado en el artículo 8° de la Ley 63 de 1923, aceptó el impedimento manifestado por el señor Ministro de Defensa Nacional, doctor Gabriel Silva Luján, para que adelante los procesos de selección, suscriba los actos administrativos y los acuerdos de voluntades que se originen en los procesos, en donde directa o indirectamente la empresa Branch of Microsoft Colombia INC, tenga interés en participar y contratar.

Que el artículo 8° de la Ley 63 de 1923 dispone que en caso de que el ministro recusado o cuyo impedimento fuese aceptado, hubiere de separarse del conocimiento del negocio será el Presidente de la República quien adscriba la decisión del asunto a otro cualquiera de los ministros del Despacho.

DECRETA:

Artículo 1°. Nómbrase como Ministro de Defensa Nacional ad hoc al doctor Oscar Iván Zuluaga Escobar, Ministro de Hacienda y Crédito Público, para que conozca y adelante los procesos de selección, suscriba los actos administrativos y los acuerdos de voluntades que se originen en los procesos, en donde directa o indirectamente la empresa Branch of Microsoft Colombia INC tenga interés en participar y contratar.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 5 de octubre de 2009.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

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