Por el cual se aprueba el Reglamento de estudios de la Escuela Militar de Colombia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase en todas sus partes el Reglamento de estudios para le Escuela Militar, elaborado por la dirección de dicho instituto y revisado por el Ministerio de Guerra.
Artículo 2º. De este reglamento se hará una edición de doscientos (200) ejemplares.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 15 de marzo de 1923.
PEDRO NEL OSPINA - El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Guerra, José Ulises ORORIO.
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