Adicional al de 21 de diciembre de 1877, número 704, sobre administración de la empresa del ferrocarril i telégrafo de Bolívar

Rango Decreto
Publicación 1878-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

Visto el oficio de 4 de julio último, número 543, del Administrador del ferrocarril i telégrafo de Bolívar,

decreta :

Art. 1.° El vapor Jeneral Padilla, que hace parte de la empresa de remolcadores i bongos anexa a la del ferrocarril i telégrafo de Bolívar, se destina a remolcar desde el puerto de Barranquilla a Bocas de Ceniza i de este punto a la bahía de Sabanilla, segun fuere necesario, a juicio del Administrador de la Aduana de Barranquilla.
Art. 2.° Los servicios que preste a los particulares el espresado vapor causarán los derechos que se fijan en la tarifa siguiente :

Por el remolque del puerto de Barranquilla hasta pasar las Bocas de Ceniza, i viceversa, para buques de doscientas o ménos toneladas de construccion o rejistro, $ 50.

Por el remolque del puerto de Barranquilla hasta la bahía de Sabanilla, i viceversa, para buques de doscientas o ménos toneladas de construccion o rejistro, $ 90.

Por el remolque del puerto de Barranquilla hasta pasar las Bocas de Ceniza, i viceversa, para buques de más de doscientas toneladas de construccion o rejistro, $ 60.

Por el remolque del puerto de Barranquilla hasta la bahia de Sabanilla, i viceversa, para buques de más de doscientas toneladas de construccion o rejistro, $ 100.

Por mudar de fondeadero a buques que estén en el rio, pasándolos de un punto a otro, dentro del mismo rio, se pagará como si dichos buques hubieran sido conducidos desde afuera de las Bocas de Ceniza.

Dado en Bogotá, a 31 de agosto de 1878.

JULIAN TRUJILLO.

El Secretario de Hacienda i Fomento,

Pablo Arosemena.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.