Por el cual se aumentan las partidas para útiles de escritorio en algunas oficinas del ramo de Correos

Rango Decreto
Publicación 1920-02-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

DECRETA:

Artículo 1º. Desde el 1º del presente mes, auméntase las partidas destinadas para útiles de escritorio, en las siguientes Administraciones, de Correo:

A treinta pesos ($ 30) mensuales la de la Administración Principal de Correos de Popayán.

A cuatro pesos ($ 4) mensuales la de la Administración Subalterna de correos de Santander de Quilichao (Cauca).

A dos pesos cincuenta centavos ($2-50) mensuales la de la Administración Subalterna de Correos de Guapi (Cauca).

Artículo 2º. Auméntase en cincuenta centavos ($0-50) mensuales la partida destinada para útiles de escritorio de la Administración Mixta de Miraflores (Boyacá), con destino al servicio de giros postales.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1920.

Por la delegación del excelentísimo señor Presidente de la República, El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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