Por el cual se adiciona el número 299, de fecha 6 del presente

Rango Decreto
Publicación 1922-03-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
Historial de reformas JSON API

El primer Designado, encargado del Poder Ejecutivo,

en uso de sus facultades legales, visto el artículo 7.° de la Ley 10 de este año, sobre Presupuesto de rentas y gastos para la vigencia en curso, y teniendo en cuenta que el personal directivo y los Guardianes de la extinguida Sección de Presidio de Albán prestaron servicio hasta el 17 del presente, y que al Inspector Pagador no se le ha acabado de cubrir por la Tesorería General, por carencia de recursos, los haberes de la Sección, para lo cual tiene que hacer aun varias gestiones y arreglar modo definitivo las cuentas hasta rendir la general a la Corte,

decreta:

Artículo 1.° El personal directivo de la extinguida Sección de Presidio de Albán, dependiente de la Penitenciaría Central, tendrá derecho al sueldo que venía devengando, durante el tiempo que ha prestado servicio después de la publicación de la Ley 6ª de 1922, así:

El Director, Secretario, Médico, Capellán, Inspectores, Subinspectores y Guardianes, hasta el día 17 del presente mes, fecha en la cual cesaron en sus funciones; y el Inspector Pagador, hasta el 30 de abril próximo venidero.

Parágrafo. Asignase la cantidad de cincuenta pesos ($ 50) al Inspector Pagador para útiles de escritorio, a fin de que termine el arreglo de las cuentas y las presente a la Corte.

Artículo 2° En los términos del presente Decreto queda adicionado el 299 fechado el 6 del que cursa.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de marzo de 1922.

JORGE HOLGUIN--El Ministro de Gobierno, Víctor M. SALAZAR.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.