Por el cual se modifica el artículo 2° del Decreto 1928 de 1951, y se dictan otras disposiciones
El Designado, encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de las facultades que le confiere al artículo 121 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1º Créase el Consejo Nacional de Planificación Económica, encargado de dirigir la Oficina de Planificación de acuerdo con las actividades que le fueron asignadas a dicha Oficina por Decreto 1928 de 1951.
Artículo 2º El Consejo de Nacional Planificación Económica, estará compuesto de tres miembros de libre nombramiento y remoción del Presidente de la Republica, quienes devengarán las asignaciones que les fije el Gobierno.
Artículo 3º Los miembros del Nacional de Planificación Económica, no quedaran inhibidos del ejercicio del ejercicio normal de sus actividades privadas.
Artículo 4º Para la aplicación del presente Decreto el Gobierno queda autorizado para realizar las operaciones presupuestales correspondientes.
Artículo 5º La Oficina de Planificación iniciará sus labores con el siguiente personal subalterno:
Un Secretario General.
Dos Secretarios Economistas.
Una Mecanógrafa Inglés-Español.
Dos Mecanógrafas.
Artículo 6º Suprímase el cargo de Director de la Oficina de Planificación creado por Decreto número 1928 de 1951.
Artículo 7º Este Decreto rige desde su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1952.
Roberto Urdaneta Arbelaez
El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio Andrade -
El Ministro de Justicia, encargado del Ministerio de Relaciones Exteriores, Juan Uribe Holguín
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo
El Ministro de Guerra, José María Bernal
El Ministro de Agricultura y Ganadería, Camilo J. Cabal Cabal
El Ministro del Trabajo, Alfredo Araújo Grau
El Ministro de Higiene, Miguel Antonio Rueda Galvis
El Ministro de Fomento, Carlos Villaveces
El Ministro de Educación Nacional, Rafael Azula Barrera
El Ministro de Correos y Telégrafos, Carlos Echeverri Cortés
El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.
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