por el cual se delega a la Gobernación del Departamento de Antioquia para ejecutar las obras de reparación del Instituto "Pascual Bravo", de Medellín
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Delégase a la Gobernación del Departamento de Antioquia para llevar a cabo la ejecución de las obras de reparación del Instituto "Pascual Bravo", de Medellín, obras que serán ejecutadas de conformidad con los plazos y especificaciones elaborados por el Departamento de Arquitectura del Ministerio de Educación Nacional y bajo el control y dirección del Arquitecto Interventor.
Artículo 2° Por el Departamento de Contabilidad, Control y Administración del Ministerio de Educación Nacional se girará a la Gobernación del Departamento de Antioquia la suma de $ 25.000 que fue destinada para las reparaciones del Instituto por Decreto ejecutivo número 2082 de 1949, con imputación al artículo 1406, Capítulo 85 del Presupuesto Nacional vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERA GARCES.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.