Por el cual su aprueba con modificaciones el Decreto número 58 de 1939, diciembre 27, dictado por la Junta de Obras Publicas de la Intendencia Nacional del Amazonas

Rango Decreto
Publicación 1940-01-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:

"Decreto número 58 de 1939

(diciembre 27)

por el cual se aminora el presupuesto intendencial vigente.

La Junta de Obras Públicas de la Intendencia Nacional del Amazonas

en uso de sus facultades legales, y

considerando

Que el Ministerio de la Economía Nacional, en Resolución número 96, de 22 de febrero de 1939, apropió la suma de dos mil pesos ($2.000) para sostenimiento de la Granja Agrícola de leticia , suma que se incorporó al presupuesto intendencial según Decreto número 7 de 1939, febrero 28, aprobado por el Organo Ejecutivo por Decreto número 753 de 1939, marzo 31;

Que el Ministerio de la Economía Nacional no giró ese auxilio al Contador Pagador de la Intendencia, sino que radicó los pagos que debieran hacerse con él en la Administración de Hacienda Nacional de Leticia, y por lo tanto, al Tesoro Intendencial no ingresó la suma en referencia, produciéndose así un desequilibrio presupuestal que hay necesidad de corregir,

decreta :

Artículo único. Disminúyese en la cantidad de dos mil pesos ($ 2.000) la partida apropiada para el artículo 44 del presupuesto intendencial vigente.

Sométase a la aprobación de Organo Ejecutivo.

Dado en Leticia a veintisiete (27) de diciembre de mil novecientos treinta y nueve (1939).

El Presidente de la Junta, Alirio Paz- El Secretario, Ismael bahamón H."

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 19 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Gobierno,

Alfonso ARAUJO

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