por el cual se aclara el artículo 9º del Decreto 3271, de 19 de octubre de 1949
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Aclárase el artículo 9° del Decreto 3271, de 19 de octubre del presente año, en el sentido de que el Decreto que se deroga es el marcado con el número 1014, de 28 de mayo de 1940, y no el número 114 del mismo año, como allí se indica.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de diciembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.
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