Por el cual se crea un cargo en la Escuela Postal y de Telecomunicaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el parágrafo 3° del artículo l° de la Ley 66 de 1926,
DECRETA:
Artículo único. Créase el cargo de Subdirector de la Escuela Postal y de Telecomunicaciones del Ministerio de Correos y Telégrafos, con una asignación mensual de $ 300.
Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del presente artículo se imputará al Capítulo 90, articulo 1861 del Presupuesto vigente y al respectivo de la vigencia próxima.
Comuníquese y publíquese.
Dada en Bogotá a 6 de diciembre de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El .Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
El Ministro de Correos y Telégrafos.
José Vicente DAVILA
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