por el cual se modifica el Decreto 2525 de 2005, por el cual se ordena la disoución y liquidación del Banco del Estado S. A
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial de las previstas en el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 52 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
Artículo 1º. El parágrafo 3º del artículo 4º del Decreto 2525 de 2005 quedará así:
"Parágrafo 3º. Pagado el pasivo externo del Banco del Estado S. A. en Liquidación y constituidas las provisiones requeridas, el remanente de los activos sociales será distribuido entre los accionistas, en proporción a su participación en el capital".
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de su promulgación y modifica el parágrafo 3º del artículo 4º del Decreto 2525 de 2005.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2005.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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