Por el cual se crean varias plazas en el Ramo de Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1888-06-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE FOMENTO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo único. Créanse las siguientes plazos:

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 23 de Abril de 1888.

RAFAEL NUÑEZ.

El Ministro de Fomento,

RafaelReyes.

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