por el cual se delegan unas funciones constitucionales
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artÃculo 196 de la Constitución PolÃtica, y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República se trasladará entre los dÃas 12 al 14 de noviembre del presente año, a la ciudad de Washington D. C. (Estados Unidos de Norteamérica), con el fin de asistir a reuniones del TLC y realizar entrevistas con Parlamentarios Americanos; y, a la ciudad de San Salvador (El Salvador), para asistir a una reunión con Empresarios entre los dÃas 14 y 15 de noviembre del presente año;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior y de Justicia, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
ArtÃculo 1º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el Ministro del Interior y de Justicia, doctor Carlos HolguÃn Sardi, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
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- ArtÃculos 129; 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2; 303, 304 y 314.
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- ArtÃculo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
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- ArtÃculos 163, 165 y 166.
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- ArtÃculos 200 y 201.
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- ArtÃculos 213, 214 y 215.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PublÃquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 9 de noviembre de 2006.
ÃLVARO URIBE VÃ LEZ
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