por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerios de Guerra y Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1947-12-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 12 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Articulo 1.º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Ministerio de Obras Públicas.
Capitulo 103.
Del artículo 2190. Para continuar la construcción de los Cuarteles de Ibagué $ 4.847 40
Ministerio de Guerra.
Capitulo 38.
Al artículo 407-B. Para continuar la construcción de los Cuarteles de Ibagué $ 4.847.40
Articulo 2.º El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de diciembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Guerra,

Fabio LOZANO Y LOZANO

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