por el cual se suspende el funcionamiento de un Curso Intensivo para Formación de Maestros
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 277 de 1958 se convocó a cursos intensivos para la formación de maestros en Bogotá y Medellín, con el fin de cubrir las necesidades de personal docente a nivel primario:
Que este plan de emergencias se ha cumplido satisfactoriamente y se hace innecesario continuarlo en razón de que existen suficientes establecimientos normalistas para la formación de maestros,
DECRETA:
Artículo primero. Suspéndese el Curso Intensivo para la Formación de Maestros que funciona en la ciudad de Medellín.
Artículo segundo. Los muebles y material didáctico del mencionado curso, pasarán a los institutos docentes de carácter nacional de acuerdo con distribución que haga el Ministerio de Educación.
Artículo tercero. La partida presupuestal pasará como Cuenta Especial al presupuesto de la Normal Nacional de Varones de esa localidad, y se autoriza al Pagador de la misma para que efectúe el pago de los sueldos pendientes y prima de navidad al personal docente y administrativo del mencionado curso.
Artículo cuarto. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20de marzo de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional, Octavio Arizmendi Posada.
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