Por el cual se reorganizan dos Oficinas en el Ramo Postal y Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
En ejercicio de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Reorganízanse las Oficinas postales y Telegráficas de Alpujarra y Dolores, cada una con el siguiente personal:
Alpujarra.
Un Telegrafista Administrador de Correos.
Un Cartero.
Dolores.
Un Telegrafista Administrador de Correos.
Un Ayudante.
Un Cartero.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 30 de Abril de 1910.
RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Gobierno,
miguel ABADIA MENDEZ
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