Por el cual se establece un puesto transitoriamente en el ramo de Correos
El Presidente de la República Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Establécense transitoriamente un puesto de Cartero Urbano de la Administración General de Correos, con sueldo mensual de veinticinco pesos ($ 25).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1920.
Por la delegación del señor Presidente de la República, El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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