Sobre creación de empleados en la Administración Principal de Correos de Cali

Rango Decreto
Publicación 1926-03-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

teniendo en cuenta las necesidades del servicio de Correos en la ciudad de Cali, y en uso de la facultad concedida al Poder Ejecutivo por el parágrafo del artículo 1º de la Ley 62 de 1925,

decreta:

Artículo 1º Créanse en la Administración Principal de Correos de Cali, los siguientes empleados, con las asignaciones mensuales que se expresan a continuación:

Administración.

Un Inspector Cajero, con $ 120
Un Guarda, con 35

Sección 1ª

Un Subjefe, con 75

Sección 2ª

Un Subjefe, con 75
Un Guarda, con 35
Artículo 2º El presente Decreto comenzará a regir el 1º de marzo próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1926.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Correos y Telégrafos, Francisco CARBONELL GONZALEZ.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.