Por el cual se adscribe al Ministerio de Industrias el cumplimiento de una Ley

Rango Decreto
Publicación 1928-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo único. Adscríbese al Ministerio de Industrias el cumplimiento de la Ley 10 de 1927, por la cual se toman algunas medidas para la protección de los Territorios del Caquetá y Putumayo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de marzo de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Gobierno,

Jorge VELEZ,

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