Por el cual se señala sueldo al Administrador Subalterno de Correos de Tauramena (Boyacá)
El Presidente de la República Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Desde el 1º del presente mes, señálese el Administrador Subalterno de Correos de Tauramena (Boyacá), un sueldo mensual de cinco pesos ($5).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de febrero de 1920.
Por la delegación del señor Presidente de la República, El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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