Por el cual se adiciona la leyenda del artículo 284 del presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1929-03-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

TENIENDO EN CUENTA

que en la liquidación del Presupuesto vigente se omitió incluir en el personal de la Aduana de Tumaco cuatro Escribientes con asignación mensual de $ 65 cada uno, según Decreto número 1264 de 1928, aun cuando en la partida global sí figura la suma necesaria para atender al pago de tales sueldos,

DECRETA:

Artículo único. Adiciónase la leyenda del artículo 284 del Presupuesto vigente, en la siguiente forma:
Parágrafo 14. De cuatro Escribientes, a $ 65 mensuales cada uno (Decreto número 1264 de 1928) $ 3,120

Cópiese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de marzo de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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