por el cual se adiciona el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de cargos para los empleados del SENA
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase la nomenclatura de empleos de que trata el literal b) del artículo 3° del Decreto 114 de 1988, con las siguientes denominaciones:
- b) Grupo Ocupacional: Asesor - Profesional.
Denominación:
- Médico.
- Odontólogo.
Artículo 2° La vinculación a los empleos de que trata el artículo 1° del presente Decreto, será de tiempo parcial.
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona en lo pertinente el Decreto 114 de 1988.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 1° de marzo de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Luis Fernando Ramírez Acuña.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Carlos Humberto Isaza Rodríguez.
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