Por el cual se determina la integración de la Corte Electoral

Rango Decreto
Publicación 1958-02-11
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

en uso de las facultades de que trata el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de la reforma constitucional votada en el Plebiscito realizado el día primero (1°) de diciembre en curso, se va a establecer la paridad en los Cuerpos Colegiados de elección popular para los dos partidos políticos tradicionales, y

Que en consecuencia, es necesario que en la Corte Electoral tengan igual representación los dos partidos,

DECRETA:

Artículo 1° La Corte Electoral estará integrada por los dos ex-Presidentes de la República más antiguos, de distinta filiación política, y en capacidad de ejercer las funciones señaladas a los miembros de este organismo, y por cuatro delegados que no desempeñen empleos públicos, dos (2) conservadores y dos (2) liberales, que serán designados por la Corte Suprema de Justicia en plena, para períodos de dos (2) años, pudiendo ser reelegidos.

Parágrafo. Los delegados nombrados por la Corte devengarán cien pesos ($ 100.00) por cada sesión que asistan.

Artículo 2° Este Decreto regirá desde el diez (10) de enero de 1958 y suspende el artículo 3° de la Ley 89 de 1948 y demás disposiciones que la sean contrarias.

Publiquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. E., a 20 de diciembre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fónseca.-Contraalmirante Rubén Piedrahita A.-Brigadier General RafaelNavas Pardo.-Brigadier General Luis E. Ordeñez

El Ministro de Gobierno, encargado del Ministerio de Educación Nacional, José María Villarreal.-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Ministerio de Fomento, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia, Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús María Marulanda.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro del Trabajo.Raimundo Emíliani Román.-El Ministro de Salud Pública, Juan Pablo Llinás.-El Ministro de Minas y Petróleos, Julio César TurbayAyala.-El Ministro de Comunicaciones. Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas. Roberto Salazar Gómez.

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