por el cual se decide sobre la solicitud de revocatoria del Decreto 529 del 29 de marzo de 1995

Rango Decreto
Publicación 1996-02-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 69 del Decreto 01 de 1984,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 529 del 29 de marzo de 1995, el Presidente de la República retiró del servicio al doctor Elver Arango Correa, Notario Cuarto del Círculo de Cali, Valle;

Que mediante comunicación de fecha noviembre 8 de 1995, el doctor Arango Correa solicitó la revocatoria den Decreto 529 del 29 de marzo de 1995, con fundamento en el numeral 3° del artículo 69 del Código Contencioso Administrativo;

Que el artículo 71 del Código Contencioso Administrativo establece "La revocatoria podrá cumplirse en cualquier tiempo, inclusive en relación con actos en firme o aun cuando se haya acudido a los Tribunales Contencioso Administrativos, siempre que en este último caso no se haya dictado auto admisorio de la demanda" (subrayado extratextual);

Que el doctor Arango Correa presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la Nación, Ministerio de Justicia y del derecho, ante el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, con el fin de que se declare la nulidad del mencionado Decreto objeto de su solicitud de revocatoria y de que se le restablezca en su derecho. Tal demanda fue admitida mediante auto de fecha 23 de junio de 199;

En mérito de lo expuesto;

DECRETA:

Artículo 1°. No revocar el Decreto 529 del 29 de marzo de 1995, mediante el cual se retiró del servicio al doctor Elver Arango Correa, Notario Cuarto del Círculo de Cali, Valle.
Artículo 2°. Comunicar al peticionario la presente decisión.
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministerio de Justicia y del Derecho,

Carlos Eduardo Medellín Becerra.

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