Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas
Públicas.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímense a partir del 1° de enero de 1951, los siguientes cargos en la obras de la reconstrucción de Tumaco:
Un Ingeniero Ayudante en El Morro.
Un Abogado Secretario.
Un Almacenista General.
Un Ayudante de Almacén y Contabilidad.
Un Oficial de Kárdex y Personal.
Un Médico.
Una Mecanógrafa.
Un Apuntatiempo.
Un Farmaceuta Enfermero.
Artículo 2° Desde la fecha indicada en el artículo anterior, el Cajero Contador de la reconstrucción de Tumaco tendrá el carácter de Cajero Almacenista Contador de dicha obra, y responderá del manejo de los fondos y elementos a su cuidado con la misma fianza que actualmente tiene constituida.
Artículo 3° Suprímese igualmente desde el primero de enero próximo, el cargo de Arquitecto de la Zona de Edificios Nacionales de Cundinamarca.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1950.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA
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