Por el cual se organiza la administración de la hacienda Ginebra, de propiedad nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales y
considerando:
- 1º Que por escritura pública número 2017, de 13 de noviembre del corriente año, el Gobierno adquirió por donación en pago, del señor Carlos Lozano, una finca situada en el Municipio de Paime, Departamento de Cundinamarca, denominada Ginebra; y
- 2º Que no estando destinada esta finca a ningún servicio oficial, y no siendo posible arrendarla directamente, y que el Gobierno puede administrarla de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 8º del Código Fiscal,
decreta:
Artículo 1º La administración de la hacienda de Ginebra quedará bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, quien podrá nombrar un Administrador Delegado, responsable al Erario, de acuerdo con las disposiciones fiscales.
Artículo 2º El Administrador queda en la obligación de rendir cuentas de la Administración, mensualmente, a la Contraloría General, de acuerdo en un todo con las disposiciones legales respectivas. La cuenta debe venir comprobada tanto en lo relativo a ingresos, por razón de las remesas o entregas que haga a la Recaudación General de Rentas que procedan de pastajes o de venta de productos de la finca. La cuenta de egresos deba presentarla igualmente documentada. Una copia de esas cuentas debe remitirla al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 3º Señálase mensualmente hasta la suma de $ 250 para gastos de personal y material.
Artículo 4º El Ministro de Hacienda y Crédito Público dispondrá visitas a la hacienda de Ginebra con la frecuencia que estime necesaria, para controlar la administración, producción y condiciones de conservación de la finca.
Artículo 5º Los gastos de administración y personal se imputarán al artículo respectivo de la Ley de Apropiaciones del año en que se causen, correspondiente al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Cópiese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de enero de 1925.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jesús M. MARULANDA.
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