por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Relaciones Exteriores)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 17 de diciembre del año en curso autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Domingo ESGUERRA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
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