por el cual se crea un empleo en el ramo postal

Rango Decreto
Publicación 1911-05-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que las poblaciones de Puebloviejo, Ciénega, Ríofrío, Sevilla y Aracataca, en el Departamento del Magdalena, por su situación topográfica y su posición comercial en la región bananera, necesitan un servicio regular de correos, y

Que es deber del Gobierno proveer á esa necesidad, como lo exige el ensanche que toma diariamente esa sección del país,

DECRETA:

Artículo 1.° Créase el empleo de conductor de balijas entre Santa Marta y Aracataca, por la línea del ferrocarril, con la asignación mensual de veinte pesos ($ 20).
Artículo 2.° El empleado correspondiente deberá prestar una fianza personal de cien pesos ($ 100) para tomar posesión del cargo y entrar á desempeñar sus funciones, y dependerá, para todo lo relacionado con su puesto, de la Agencia Postal de Santa Marta,
Artículo 3.° Por la Dirección General de Correos y Telégrafos se hará el nombramiento correspondiente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 1.° de Mayo de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

JORGE ROA

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