Por el cual se crea un puesto y se hacen unos nombramientos en el ferrocarril central de Bolívar
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º Créase el puesto de Pagador del ferrocarril central de Bolívar, con la asignación mensual de $ 130.
Artículo 2º Nómbrase para desempeñar las funciones del cargo a que se refiere el artículo anterior, al señor José G. García, quien antes de posesionarse prestará fianza ante el Tesorero de la Empresa y por la cuantía que fije el Ingeniero Jefe.
Artículo 3º Nómbrase Almacenista del mismo ferrocarril al señor Campo Elías Botero, quien antes de posesionarse prestará fianza por la cuantía que fije la Contraloría General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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