Por el cual se delega a la Gobernación de Santander la adquisición de terrenos con destino a la Escuela Vocacional Agrícola de Suaita

Rango Decreto
Publicación 1947-12-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 11 de 1947 apropió en el Capítulo 75, artículo 1269-A, la suma de $ 17.000 para la adquisición de terrenos con destino a la Escuela Vocacional Agrícola que viene funcionando en Suaita (Santander), o para pagar al Municipio los que éste haya adquirido para ese mismo fin;

Que el Ministerio de Educación Nacional ha tropezado con infinidad de inconvenientes para llevar a cabo las negociaciones tendientes a la adquisición de los terrenos, llegando a la conclusión de que la Gobernación de Santander es quien puede realizar estas negociaciones en la forma más conveniente para el Gobierno y las necesidades de la Escuela,

DECRETA :

Artículo 1° Delégase a la Gobernación de Santander, para adquirir los terrenos con destino a la Escuela Vocacional Agrícola que viene funcionando en Suaita (Santander), celebrar los respectivos contratos de promesa de venta y tramitar las negociaciones hasta obtener las respectivas escrituras públicas a favor

de la Nación, debidamente registradas.

Artículo 2° La suma de $ 17.000 apropiada en el Capítulo 75, artículo 1269-A, se girará a la Gobernación de Santander por conducto del Tesorero Departamental, quien para el manejo e inversión de los fondos queda sujeto a lo establecido por la Contraloría General de la República en Resoluciones 732 y 736 de 1945, lo mismo que a las demás disposiciones vigentes sobre la materia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de diciembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Educación Nacional,

Joaquín ESTRADA MONSALVE

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.