por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudio Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo el concepto favorable de ese Departamento;
Que mediante Acta número 7 de 2007, la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal,
DECRETA:
Artículo 1°. Apruébase la modificación de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - “Mariano Ospina Pérez”,
Icetex, en el sentido de suprimir los siguientes cargos:
| N° de Cargos | Dependencia y denominación del empleo | Grado |
|---|---|---|
| PRESIDENCIA | PRESIDENCIA | PRESIDENCIA |
| 1 (Uno) | Asesor Técnico | 01 |
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1 (Uno) | Jefe de Oficina Asesora de Planeación | 03 |
| 3 (Tres) | Profesional Universitario | 02 |
Artículo 2°. Apruébase la modificación de la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior - “Mariano Ospina Pérez”, Icetex, en el sentido de crear los siguientes cargos:
| N° de cargos | Dependencia y denominación del empleo | Grado |
|---|---|---|
| PRESIDENCIA | PRESIDENCIA | PRESIDENCIA |
| 1 (Uno) | Asesor | 03 |
| 1 (Uno) | Oficial de Cumplimiento | 02 |
| 3 (Tres) | Profesional Universitario | 02 |
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1 (Uno) | Jefe de Oficina Asesora de Planeación | 04 |
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 381 de 2007.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de octubre de 2007.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
La Ministra de Educación Nacional,
Cecilia María Vélez White.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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