Por el cual se suprime la administración departamental de Hacienda nacional de Cundinamarca y se adscriben sus funciones a la Sección de Timbre Nacional del Ministerio de Hacienda y Tesoro

Rango Decreto
Publicación 1905-05-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley número 11 de 8 de los corrientes, y haciendo uso de la facultad que por dicho artículo se concede al Gobierno,

Decreta:

Art 1°. Suprímase desde el primero de Junio próximo la Administración departamental de Hacienda nacional de Cundinamarca, y adscríbanse sus funciones á la Sección de Timbre nacional dependiente

del Ministerio de Hacienda y Tesoro.

Art. 2°. La Sección en la cual se refunde la Administración departamental que se suprime constará del siguiente personal con las dotaciones anuales que pasan á expresarse:
Un Jefe, con $ 1,800 ...
Un Contador Tenedor de Libros, con 1,200 ...
Un Proveedor de papel y estampillas, con 1,200 ...
Un Cajero, con 960 ...
Tres Escribientes, cada uno con 720 ...
Art. 3°. El Jefe de la Sección indicada reglamentará los trabajos de su oficina distribuyéndolos conveniente y equitativamente entre los empleados de ella, de manera que no se interrumpa ni demore el despacho de los asuntos que le quedan adscritos. El Administrador departamental y demás empleados principales de la oficina que se suprime, entregarán al Jefe de la Sección de Timbre nacional todos los antecedentes que existan, y le darán los informes necesarios para establecer completa claridad en dichos asuntos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 29 de Abril de 1905.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

Pedro Antonio MOLINA

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