Por el cual se aclara el decreto número 140 del mismo año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1º. Lo dispuesto en el artículo único del Decreto número 140 de 22 de enero pasado, se refiere al cargo de Detective de tercera clase de la respectiva Sección de la Policía Nacional, y no al de Agente Motociclista, como figura en el Decreto mencionado.
Artículo 2º. Queda en estos términos aclarado el artículo único del Decreto citado.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Fusagasugá a 26 de febrero de 1934.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
Por el Ministro de Gobierno,
Jorge SOTO DEL CORRAL, Secretario, autorizado
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