Reformatorio de los expedidos bajo los números 355 y 357 del corriente año
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
En uso de sus facultades,
DECRETA :
Art. 1.° El medio batallon 13 de Infantería, que se mandó licenciar por el artículo 3.° del decreto ejecutivo número 355, continuará en seryicio, con el Jefe, Oficiales y tropa que para los medios batallones señala el Código Militar.
Parágrafo. Nómbrase en propiedad Jefe del expresado medio batallon al Coronel Pedro Soler Martínez.
Art. 2.° De los medios batallones 11 y 16 de Infantería que han estado en servicio, se formará un medio batallon que se denominará medio batallon 11 de Infantería, y que tendrá el Jefe, Oficiales y clases que á los medios Batallones señala el Código Militar.
Parágrafo. Nómbrase en prpiedad para Jefe del medio Batallon 11, al Coronel David Ayarza.
Art. 3.° Los Jefes, Oficiales y tropa que queden excedentes al formarse el medio Batallon 11, serán licenciados, y pasaportados conforme á la ley.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 28 de Julio de 1882.
FRANCISCO J. ZALDÚA.
El Secretario de Guerra y Marina,
Benjamin Noguera.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.