Sobre el tercer centenario del Quijote
El Presidente de la República de Colombia
CONSIDERANDO:
Que en el mes de Mayo del corriente año se cumple el tercer centenario de la primera publicación de la obra inmortal de Cervantes, Don Quijote de la Mancha; Que tal acontecimiento debe considerarse como hecho memorable por todos los pueblos que hablan la lengua de Castilla,
DECRETA:
Art. 1°. Fijase el día 30 de Mayo del corriente año para celebrar el tercer centenario del Quijote. Abrese un concurso literario en el cual serán admitidas composiciones en prosa ó en verso sobre el tema:
EL QUIJOTE Y SU INFLUENCIA SOBRE LAS COSTUMBRES.
Art. 2°. Las dos mejores composiciones serán premiadas con medallas de plata conmemorativas del acto, y las dos que les sigan en mérito recibirán diplomas honoríficos.
Art. 3°. Nómbranse Jurados para calificar las composiciones que se presenten al concurso, á la Sra. D.a Soledad Acosta de Samper y á los Sres. D. Rafael Pombo y D. Antonio Gómez Restrepo.
Art. 4°. En la noche del centenario se celebrará en el Teatro Colón una velada líricoliteraria, en la cual se adjudicarán los premios á los autores de las composiciones premiadas.
Art. 5°. Para organizar y reglamentar la velada líricoliteraria y el concurso de que se habla en este Decreto, créase una Junta que se llamará Junta del*tercer Centenario del Quijote,* compuesta de las Sras. D.none Soledad Acosta de Samper, D.none Dorila Antommarchi de Rojas y D.none Teresa Tanco de Herrera, y de los Sres. D. Rafael Pombo, D. Antonio Gómez Restrepo, D. Honorio Alarcón, D. Ismael Enrique Arciniegas, y Presidente honorario S. E. D. Julián del Arroyo, Ministro de España.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 2 de Mayo de 1905.
R. REYES
El Ministro de Instrucción Pública,
CARLOS CUERVO MARQUEZ
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