Por el cual se reorganiza el Ministerio de Agricultura y Comercio
El Presidenta da la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el artículo 4.° de la Ley 5ª del presente año autoriza al Gobierno para reorganizar los servicios administrativos en los ramos de su dependencia, con el fin de hacer economías, para lo cual podrá reducir sueldos, suprimir empleos, variarles la denominación, refundir varios en uno solo y distribuir funciones entre los que quedan;
Que la organización que actualmente tienen las distintas oficinas del Ministerio de Agricultura y Comercio presenta en la práctica dificultades e inconvenientes que es preciso corregir, a fin de facilitar el despacho de los asuntos que le están adscritos, para lo cual se impone el restablecimiento de sus diversas Secciones, reorganizándolas convenientemente;
Que con tal reorganización al propio tiempo que se mejora el servicio se obtendrá alguna economía, con lo cual se da cumplimiento al espíritu que informa la disposición contenida en el artículo 4ª de la Ley 5ª citada, y
Que el Consejo de Estado, en su Sala de Negocios Generales, ha conceptuado con fecha 14 de febrero del presente año, que no se contraría el espíritu de la Ley mencionada al reorganizar los servicios administrativos siempre que se produzca economía en los gastos del Tesoro Nacional y sin que sufra la Administración Pública,
decreta:
Artículo 1.° Desde el día 1.° de abril del presente año, las Secciones del Ministerio de Agricultura y Comercio y las Oficinas de su dependencia, serán las que en seguida se expresan, con el personal y asignaciones que se indican:
Sección. 1.°-Negocios Generales
| Un Secretario del Ministerio | |||
|---|---|---|---|
| efe de la Sección | $ | 250 | |
| Un Oficial Mayor | 90 | ||
| Escribiente | 60 | ||
| Un Portero Oficial de Registro | 50 | ||
| Un Cartero | 30 | 480 |
Sección 2.°-Agricultura, Fomento. Defensa Agrícola y Publicaciones.
| Un Jefe | $ | 100 | |
|---|---|---|---|
| Un Portero Escribirte | 30 | 130 |
Sección 3.°-Información y Propaganda Inmigración y Colonización -Comercio. Seguro Colectivo-Patentes y marcas.
| Un Jefe | $ | 140 | |
|---|---|---|---|
| Un Subjefe | 120 | ||
| Dos Ayudantes, cada uno $80 | 160 | ||
| Un Escribiente | 60 | 480 |
Sección 4.°-Baldíos -Bosques Nacionales-Bienes ocultos.
| Un Jefe | $ | 140 |
|---|---|---|
| Un Ingeniero | 100 | |
| Dos Ayudantes, cada uno $80 | 160 |
Sección 5.°-Contabilidad y Proveeduría.
| Un Jefe | $120 | 120 |
|---|---|---|
Dirección Nacional de Higiene.
| Un Director Nacional | $ | 250 | |
|---|---|---|---|
| Un Oficial Mayor | 100 | ||
| Un Oficial primero | 70 | ||
| Un Portero Escribiente | 50 | 470 |
Dirección General de Lazaretos.
| Un Director General | 250 | |
|---|---|---|
| Un Secretario | 160 | |
| Un Contabilista | 100 | |
| Un Escribiente | 40 | |
| Un Portero | 30 | 580 |
Parque de Vacunación.
| Un Jefe | 80 | |
|---|---|---|
| Un Ayudante | 80 | 110 |
Laboratorio Central de Lazaretos.
| Un Jefe | $ | 130 | |
|---|---|---|---|
| Un Portero Escribiente | 30 | 160 |
Sindicatura Central de Lazaretos.
| Un Contabilista | $ | 120 | |
|---|---|---|---|
| Tres Revisores de Cuentas cada uno $ 80 | 240 | ||
| Un Portero Escribiente | 50 | 410 |
Departamento de Uncinariasis.
| Un Habilitado | 110 |
|---|---|
| Tres Médicos Seccionales, cada uno $ 120 | 360 |
| Tres Directores de Campo, cada uno $ 90 | 27 0 |
| Dos Ayudantes Técnicos, cada uno $ 80 | 160 |
| Tres Microscopistas, cada uno $ 70 | 210 |
| Diez Inspectores Sanitarios cada uno $ 70 | 700 |
| Un Conserje 30 | 1,840 |
| Suma | $5,180 |
Artículo 2.° Por el Ministerio de| Tesoro se dictará el decreto correspondiente, a fin de que en el Presupuesto de la actual vigencia se traslade del capítulo 64, artículo 609, "para atender a los gastos que demande la lucha contra la anemia tropical," al capítulo 60, artículo 538, "sueldos de los empleados del Ministerio," la suma de dos mil seiscientos cuarenta pesos ($ 2,640).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de marzo de 1923.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Agricultura y Comercio, Antonio PAREDES.
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