Por el cual se reforma el Decreto número 273 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. Las novedades de insubsistencias de nombramientos, traslados y nuevos nombramientos en el servicio de Inspectores Escolares Nacionales, que se detallan en el Decreto número 273 del presente año, serán efectivas el 16 del mes de febrero en curso.
Parágrafo. Queda en estos términos reformado el mencionado Decreto número 273 de 1937.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de febrero de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Educación Nacional,
Alberto LLERAS CAMARGO
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