Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1961-03-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 3104, artículo 31127, Proyecto 1) del Presupuesto vigente Estudios, construcciones y terminaciones de puentes en el país, incluidos los estudios de los puentes sobre el río Humea en Puerto Porfía y. sobre el Meta en Puerto López", hácese la siguiente distribución:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de febrero de 1961.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernando Agudelo. Villa. El Ministro de Obras Públicas, Misael Pastrana Borrero.

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