por el cual se aprueba la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA

Rango Decreto
Publicación 2007-02-15
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, presentó al Departamento Administrativo de la Función Publica la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar la planta de personal, el cual obtuvo concepto técnico favorable de ese Departamento Administrativo;

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable para efecto de modificar la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA,;

Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, decidió someter a consideración del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 482 del 4 de septiembre de 2006,

DECRETA:

Artículo 1°. Apruébese la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, suprimiendo los siguientes cargos:
N° cargos Denominación del cargo Código Grado
Planta global Planta global Planta global Planta global
1 (uno) Profesional Especializado 2028 18
1 (uno) Profesional Especializado 2028 16
1 (uno) Profesional Especializado 2028 13
1 (uno) Técnico Administrativo 3124 13
1 (uno) Técnico Operativo 3132 09
4 (cuatro) Técnico Operativo 3132 07
1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 20
2 (dos) Secretario 4178 14
1 (uno) Secretario 4178 11
2 (dos) Secretario 4178 09
3 (tres) Operario Calificado 4169 11
4 (cuatro) Conductor Mecánico 4103 19
1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 4064 08
Artículo 2°. Apruébese la modificación de la planta de personal del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, creándose los siguientes cargos:
N° cargos Denominación del cargo Código Grado
Despacho del Gerente Despacho del Gerente Despacho del Gerente Despacho del Gerente
3 (tres) Asesor 1020 15
Planta Global Planta Global Planta Global Planta Global
1 (uno) Profesional Especializado 2028 21
1 (uno) Profesional Especializado 2028 19
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1455 del 19 de julio de 2001.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 14 de febrero de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Andrés Felipe Arias Leiva.

La Subdirectora del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Carla Liliana Henao Carmona.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.