Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-03-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 21 de febrero en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre las apropiaciones del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en la nota número 5952, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Capítulo 46:
Del artículo 537. Para los gastos que demande la campaña contra la sigatoka en
la Zona Bananera de Santa Marta $ 100.000
Del artículo 538. Para los gastos que demande la campaña contra la sigatoka
en la Zona Bananera de Acandí 40.000
Capítulo 50:
Al artículo 653 bis. Para la construcción de un hotel de turismo en la ciudad de
Santa Marta. Ley 124 de 1936 140.000
Sumas iguales $ 140.000 140.000
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Miguel LOPEZ PUMAREJO

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