por el cual se modifica la estructura de Ecopetrol S. A. y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2006-02-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 43
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Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998 y,

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva Ecopetrol S.A., en sesión del 15 de diciembre de 2005, mediante Acta Nº 044, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura.

DECRETA:

Capítulo I.

Disposiciones Generales

Artículo 1º. Reorganización. Ecopetrol S.A., tendrá la estructura y las funciones que se determinan en el presente Decreto, sin perjuicio de aquellas establecidas para esta entidad en las disposiciones legales vigentes.

Artículo 2º. Estructura. Ecopetrol S.A., tendrá la siguiente estructura:

ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS JUNTA DIRECTIVA

7.6.1. Gerencia de Prospección

7.6.2. Gerencia de Desarrollo de Negocios

7.7.1. Gerencia Técnica de Producción

7.7.2. Gerencia Regional Central

7.7.3. Gerencia Regional Norte

7.7.4. Gerencia Regional Sur

7.7.5. Gerencia Regional Magdalena Medio

7.8.1. Gerencia de Desarrollo de Refinación

7.8.2. Gerencia General Complejo Barrancabermeja

7.8.3. Gerencia de Producción

7.8.4. Gerencia Técnica

7.8.5. Gerencia Refinería Cartagena

7.9.1. Gerencia Técnica

7.9.2. Gerencia de Oleoductos

7.9.3. Gerencia de Poliductos

7.9.4. Gerencia de Control de Pérdidas de Hidrocarburos

7.10.1. Gerencia de Planeación y Suministro

7.10.2. Gerencia de Gas

7.10.3. Gerencia de Comercialización Nacional

7.10.4. Gerencia de Comercialización Internacional

Capítulo II.

Dependencias y funciones

Artículo 3º. Asamblea General de Accionistas. La Asamblea General de Accionistas de Ecopetrol S.A., estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales.

Artículo 4º. Junta Directiva. La Junta Directiva de Ecopetrol S.A., estará integrada y cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales.

Artículo 5º. Presidencia. La Presidencia cumplirá las funciones de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1760 de 2003 y en sus estatutos sociales.

Artículo 6º.Oficina de Control Interno. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 7º. Oficina de Control Interno Disciplinario. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 8º. Dirección de Soporte a Presidencia y Junta Directiva. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 9º. Dirección Jurídica. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 10. Dirección de Relaciones Laborales y Desarrollo. S on funciones de esta dependencia:

Artículo 11. Dirección General de Planeación. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 12. Vicepresidencia Financiera. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 13. Gerencia Financiera. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 14. Dirección General de Operaciones. Son funciones de esta dependencia las siguientes:

Artículo 15. Dirección Instituto Colombiano del Petróleo. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 16. Dirección de Gestión de Proyectos. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 17. Dirección de Informática. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 18.Dirección de Responsabilidad Integral. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 19. Gerencia Administrativa. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 20. Vicepresidencia de Exploración. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 21. Gerencia de Prospección. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 22. Gerencia de Desarrollo de Negocios. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 23. Vicepresidencia de Producción. Son funciones de esta dependencia:

1 Generar riqueza para la Sociedad mediante la explotación de las reservas y la realización de la producción de crudo y gas.

Artículo 24. Gerencia Técnica de Producción. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 25. Gerencias Regionales: Central, Norte, Sur, Magdalena Medio. Son funciones de estas dependencias:

Artículo 26. Vicepresidencia de Refinación y Petroquímica. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 27. Gerencia de Desarrollo de Refinación. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 28. Gerencia General Complejo Barrancabermeja. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 29. Gerencia de Producción. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 30. Gerencia Técnica. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 31. Gerencia Refinería de Cartagena. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 32. Vicepresidencia de Transporte. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 33. Gerencia Técnica. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 34. Gerencia de Oleoductos. Son funciones de esta dependencia:

11.Administrar la información y el conocimiento generado en el desarrollo de su gestión de acuerdo con las políticas corporativas.

Artículo 35. Gerencia de Poliductoss. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 36. Gerencia de Control Perdidas de Hidrocarburos. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 37. Vicepresidencia de Suministro y Mercadeo. Son funciones de esta dependencia:

a cargo de la dependencia.

Artículo 38. Gerencia de Planeación y Suministro. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 39. Gerencia de Gas. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 40. Gerencia de Comercialización Nacional. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 41. Gerencia de Comercialización Internacional. Son funciones de esta dependencia:

Artículo 42. Grupos Internos de Trabajo. El Presidente de Ecopetrol S.A., podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas, planes y programas de la Sociedad.

Artículo 43. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de supublicación, modifica en lo pertinente el Decreto-ley 1760 de 2003 y deroga el Decreto 2394 de 2003 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

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