por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerios de Hacienda y Guerra)

Rango Decreto
Publicación 1948-01-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Hacienda y Guerra) .

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros en su sesión del día 17 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de la Ley Apropiaciones

vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

CAPITULO 36-Deuda Externa.

Del artículo 351. Para atender al servicio de amortización, pago de intereses, comisiones y demás gastos del crédito otorgado al Gobierno Nacional por el Export-lmport Bank of Washington, Estados Unidos de América, de conformidad con el convenio de 23 de julio de 1941, y convenios adicionales de 16 de septiembre del mismo año, y 31 de julio de 1943, ratificados los dos primeros, de conformidad con la Ley 48 y el Decreto 1746, de 16 de octubre de 1941, y el último por la Ley 44 de 1943 $ 100.000.00
MINISTERIO DE GUERRA MINISTERIO DE GUERRA
CAPITULO 38-Ministerio y Ejército. CAPITULO 38-Ministerio y Ejército.
Al artículo 403. Para alimentación, lavado y peluquería del personal $ 100.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de diciembre de 1947.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Guerra,

Fabio LOZANO Y LOZANO

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