Por el cual se suspende el parágrafo del artículo 3? del Decreto numero 3139 de 1956
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
considerando
que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República,
decreta:
Artículo primero. Suspéndese en todas sus partes el parágrafo del artículo 3° del Decreto 3139 de 20 de diciembre de 1956; y en consecuencia, las resoluciones que dicte el Ministerio de Educación Nacional en ejercicio de la autorización que le confiere el Decreto número 2945 de 4 de diciembre de 1956, no necesitarán de la previa aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público ni de su publicación en el Diario Oficial.
Artículo segundo. Copia de cada una de las resoluciones que el Ministerio de Educación expida en desarrollo del Decreto número 2945 de 1956 se enviará al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Artículo cuarto. Este Decreto rige desde su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1957.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
José Enrique Arboleda Valencia.
El ministro de Relaciones Exteriores,
José Manuel Rivas Sacconi.
El Ministro de Justicia,
Luis Carlos Giraldo.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
El Ministro de Guerra,
Mayor General Gabriel Paris.
El Ministro de Agricultura,
Jesús María Arias.
El Ministro del Trabajo,
Carlos Arturo Torres Poveda.
El Ministro de Salud Pública,
Carlos Márquez Villegas.
El Ministro de Fomento,
Teniente Coronel Mariano Ospina Navia.
El Ministro de Minas y Petróleos,
Francisco Puyana Menéndez.
El Ministro de Educación Nacional,
Josefina Valencia de Hubach.
El Ministro de Comunicaciones,
Mayor General Pedro A Muñoz. P.
El Ministro de Obras Públicas,
Contraalmirante Rubén Piedrahita A.
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