por el cual se hace un encargo en el Ministerio del Trabajo
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 1 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973,
DECRETA:
Artículo 1°. Encargar al doctor Mauricio Santa María Salamanca, actual Ministro de Salud y Protección Social, de las funciones del Despacho del Ministro del Trabajo, mientras se posesiona el titular, sin perjuicio de sus funciones como Ministro de Salud y Protección Social.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de noviembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
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