Por el cual se abren varios créditos adicionales al presupuesto de la vigencia económica de 1885 a 1886
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de las facultades de que se halla investido,
DECRETA :
Artículo único. Abrense al Presupuesto para la vigencia económica de 1885 á 1886, los siguientes créditos adicionales :
Departamento de Fomento.
| Cap. 3.° Gastos varios. Para dar cumplimiento al contrato de 12 del presente mes, sobre pago del auxilio concedido á la ciudad de Bogotá, para la construcción de acueductos y cañerías por la ley 17 de 1881 | $ 70,000 |
|---|---|
Departamento de Obras públicas.
| Para dar cumplimiento al contrato de 6 de Enero último, celebrado entre el Secretario do Fomento y | Pasan Vienen | $ 70,000 $70,000 |
|---|---|---|
| el Presidente de la Junta de aseo y ornato de la ciudad de Bogotá, sobre un subsidio otorgado a la capital de la República para sus acueductos | $ 5,500 | |
| Para pagar lo que se debe por intereses y cambio de moneda al Escultor Felipe Moratilla, según contrato, para construir el monumento del General don José Padilla y para los gastos que ocasione su erección | $9,000 | |
| Suma | $84,500 |
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 14 de Julio de 1886.
J. M. CAMPO SERRANO.
El Secretario de Instrucción pública, encargado del Despacho,
Henrique Alvarez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.