Por el cual se reorganiza la Dirección Seccional de Transportes y Tarifas del Atlántico
y Tarifas del Atlántico.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales v de las especiales que le excede el artículo 12 de la Ley 60 de 1946,.
decreta:
Artículo 1º Suprímese el cargo de .Jefe de la Dirección Seccional de Transportes y Tarifas del Departamento del Atlántico.
Artículo 2º Restablecese el cargo de Secretario de la Dirección Seccional de Transportes y Tarifas del Atlántico y fíjasele una asignación de 300.00 mensuales, con las funciones que le asigne la Dirección Nacional de Transportes y Tarifas.
Artículo 3º Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto.
Comuníquese y. publíquese.
Dado en Bogotá a 4 de febrero de 1947.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
El Ministro de Obras Públicas,
Dorio BOTERO ISAZA
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