Por el cual se modifica la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente, presentó los estudios de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, para efectos de modificar su planta de personal el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante oficio número 13067 de 1999;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó el certificado de viabilidad presupuestal mediante oficio número 1254 del 11 de febrero de 2000,
DECRETA:
Artículo 1º. Las funciones propias de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales, serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación, así:
| Numero de Empleos | Dependencia y Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL | DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL | DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL | DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL |
| 1 (Uno) | Director General de Unidad Administrativa Especial | 0015 | 21 |
| 2 (Dos) | Asesor | 1020 | 11 |
| 1 (Uno) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 21 |
| 1 (Uno) | Conductor Mecánico | 5310 | 09 |
| 1 (Uno) | Operario Calificado | 5300 | 11 |
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 3 (Tres) | Subdirector General de Unidad Administrativa Especial | 0040 | 15 |
| 6 (Seis) | Director Territorial | 0042 | 15 |
| 3 (Tres) | Asesor | 1020 | 11 |
| 22 (Veintidós) | Jefe de Programa | 2084 | 23 |
| 19 (diecinueve) | Jefe de Programa | 2084 | 21 |
| 11 (once) | Profesional Especializado | 3010 | 19 |
| 7 (siete) | Profesional Especializado | 3010 | 17 |
| 15 (Quince) | Profesional Universitario | 3020 | 14 |
| 11 (Once) | Profesional Universitario | 3020 | 12 |
| 32 (Treinta y dos) | Profesional Universitario | 3020 | 09 |
| 3 (Tres) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 18 |
| 13 (Trece) | Secretario Ejecutivo | 5040 | 16 |
| 78 (Setenta y ocho) | Técnico Administrativo | 4065 | 11 |
| 86 (Ochenta y Seis) | Operario Calificado | 5300 | 11 |
| 42 (Cuarenta y dos) | Operario Calificado | 5300 | 09 |
| 5 (Cinco) | Pagador | 5045 | 20 |
| 15 (Quince) | Auxiliar Administrativo | 5120 | 20 |
| 1 (Uno) | Auxiliar Servicios Generales | 5335 | 09 |
Artículo 2º. El Director General de la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales del Ministerio del Medio Ambiente, mediante resolución, distribuirá los cargos de la Planta Global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3º. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1º del presente decreto, se efectuará dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su publicación, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.
Artículo 4º. Los cargos de carrera vacantes de la Planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 1572 de 1998 modificado por el Decreto 2504 de 1998.
Artículo 5º. Los empleados de carrera administrativa a quienes se les suprima el cargo en virtud de lo dispuesto en el presente decreto, tendrán derecho a optar por la indemnización o por la incorporación a empleo equivalente, de conformidad con lo consagrado en la Ley 443 de 1998, y en los Decretos Reglamentarios 1572 de 1998 y 1173 de 1999, con sujeción al procedimiento establecido en el Decreto-ley 1568 de 1998.
Artículo 6º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 172 de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquesey cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
El Ministro del Medio Ambiente,
Juan Mayr Maldonado.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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