por el cual se dictan disposiciones en materia salarial

Rango Decreto
Publicación 2005-11-17
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Los empleados públicos de las Empresas Sociales del Estado, escindidas del Instituto de Seguros Sociales mediante Decreto 1750 de 2003, que ocupan empleos del nivel ejecutivo y que en virtud de los ajustes a las plantas de personal, con ocasión del mandato del Decreto 770 de 2005, fueren incorporados a un empleo al cual corresponde una asignación básica mensual inferior a la que venían percibiendo, continuarán con la asignación básica del empleo del nivel ejecutivo que traían, hasta que se retiren del servicio o cambien de empleo.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de noviembre de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano

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