por el cual se modifica el Decreto 2489 de 2006 y se dictan otras disposiciones

Rango Decreto
Publicación 2007-10-29
Estado Vigente
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la nomenclatura de empleos de que trata el Decreto 2489 de 2006, las siguientes denominaciones de empleo:
Nivel Jerárquico y denominación del empleo Código Grado
Nivel Profesional
Director de Establecimiento Carcelario 2137 14
Director de Establecimiento Carcelario 2137 13
Director de Establecimiento Carcelario 2137 12
Director de Establecimiento Carcelario 2137 10
Director de Establecimiento Carcelario 2137 09
Director de Establecimiento Carcelario 2137 07
Subdirector de Establecimiento Carcelario 2147 10
Subdirector de Establecimiento Carcelario 2147 07
Artículo 2°. Adiciónase el artículo 2° del Decreto 2489 de 2006 con el siguiente parágrafo:

Parágrafo. Establécense para el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, las siguientes denominaciones de empleo:

Nivel Jerárquico y denominación del Empleo Código Clase
Nivel Directivo
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 IV
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 III
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 II
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 I
Subdirector de Establecimiento de Reclusión 0196 II
Subdirector de Establecimiento de Reclusión 0196 I
Artículo 3°. Fíjase la siguiente escala de asignaciones básicas mensuales para los empleos de Director y Subdirector de Establecimiento de Reclusión a que se refiere el artículo anterior:
Nivel Jerárquico y Denominación del Empleo Código Clase Asignación Básica Mensual
Nivel Directivo
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 IV 1.962.375
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 III 1.778.207
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 II 1.623.777
Director de Establecimiento de Reclusión 0195 I 1.462.672
Subdirector de Establecimiento de Reclusión 0196 II 1.623.777
Subdirector de Establecimiento de Reclusión 0196 I 1.462.572
Artículo 4°. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, presentará al Gobierno Nacional para su aprobación el ajuste de su planta de personal de acuerdo con lo establecido en el presente decreto.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2489 de 2006 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 26 de octubre de 2007.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

Carlos Olguín Sardi.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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